martes, 03 de noviembre de 2009
Acciones contra los moros y moriscos.—Rebeliones—.Expulsión de los moriscos.—Trámites que se observaron.—Causas y consecuencias.—Cárcer, en trance de desaparición. Carta de población.—Regresión en su desarrollo y en los censos de vecinos, habitantes y de casas habitadas.

El rey don Jaime I el Conquistador, en 1248, y sus sucesores, en diferentes fechas; los Reyes Católicos, en 11 de febrero de 1502, y después su hija doña Juana; Carlos 1, en 4 de abril y 16 de noviembre de 1525; Felipe II, en 17 de noviembre de 1566 y 1º de enero de 1567, y Felipe III, en 9 de julio y 22 de septiembre de 1609, dictaron disposiciones contra la forma de vivir, creencias religiosas, idioma, usos y costumbres de los moros y moriscos españoles, conminándoles con severas penas y expulsión parcial o total que, en definitiva, realizó Felipe III.


Carlos 1, obligándoles a que se bautizaran, bajo pena de expulsión para los que no lo realizaran, hizo que los moros, al abjurar de su religión y adoptar la cristiana, les llamaran moriscos.

Felipe II les prohibió que tuvieran armas. Que sus mujeres fueran con la cara tapada. Que ellos vistieran a usanza mora, teniendo que hacerlo como los cristianos. Que usuran de sus nombres propios, que debían cambiar por otros en consonancia con los de los cristianos. Sin el menor respeto para la intimidad que deben gozar los seres humanos, y al objeto de que en todo momento se pudiera entrar en sus casas y sorprenderles cuando estuvieran realizando cualquiera de sus prácticas o actos, se les obligó a que las puertas de sus casas, desprovistas de toda cerradura, estuvieran siempre abiertas, prohibiéndoles igualmente que hablaran su idioma, dándoles plazo para que aprendieran el castellano. Que tomaran baños calientes y tuvieran servidumbre, etc. Todo ello so pena de ser destinados a galeras por un plazo de diez años.

Estas y otras tan duras y humillantes condiciones provocaron muchas y sangrientas rebeliones en España, y en nuestra Región las de las sierras de Benicadell, Espadán, Muela de Cortes, cerca de Jalance, y poblaciones de Benaguacil, Benisanó, Villamarchante, Paterna, Puebla de Vallbona, etc.

Víctimas nuestras embarcaciones de las piraterías, incursiones y robos que sobre las costas mediterráneas realizaban los moros argelinos y berberiscos, don Juan de Ribera, que fue virrey, capitán general y arzobispo de Valencia, cuya diócesis gobernó durante los cuarenta y dos años que mediaron entre 1569 y 1611, en el que falleció después de haber realizado muchas y muy buenas obras, bien porque de buena fe así lo creyera el hoy santo arzobispo, o que con ello se convirtiera en realidad su natural deseo de que en España existiera la unidad religiosa, dirigió una memoria al rey don Felipe III, con el que tenía influencia por haber bendecido el 18 de abril de 1599, en la catedral de Valencia, la unión matrimonial con Margarita de Austria y, posteriormente, asistido a la procesión que en 8 de febrero de 1604 se celebró con motivo de la inauguración del Real Colegio Seminario del Corpus Christi, del que fue fundador el arzobispo, y éste, persuadido de que con ello prestaba un buen servicio a la Iglesia, a la patria y al rey, aconsejó al monarca en dicha memoria que los moriscos fueran expulsados de España.

Entre los muchos cargos que formuló contra ellos, según mencionan Ortega y Rubio1 y Elías Olmos 2, que se basa en la obra Los moriscos españoles y su expulsión, de Pascual Boronat, constaba el de que seguían siendo tan moros como lo habían sido antes de aceptar el bautismo, reacios a aprender el catecismo. Que fomentaban las piraterías y conspiraban, alardeando públicamente de actuar contra el rey y la patria. Que había que expulsarles

de España para evitar la perdición de que volviera a ser invadida por los musulmanes, y el peregrino de que era mucha su laboriosidad y economía, etc

El Marqués de Lozoya, tomando la nata del volumen IV de la Historia de España de Fernando Saldevila, transcribe al respecto en la suya, recientemente editada3 «El arzobispo de Valencia Juan de Ribera hacía lucir ante el rey el aliciente de las ventajas que obtendría con la confiscación de todos los bienes, y con la reducción a la esclavitud de los muchos que podrían ser destinados a las galeras reales, o a las minas, o vendidos a los extranjeros sin escrúpulos de conciencia. En cuanto a los niños, el Santo creía que podrían venderse en la propia España a buenos precios y en gran cantidad. Y añadía que esto no sería para ellos una pena, sino una merced, porque así todos serían cristianos.))

Los nobles de Valencia, por las crecidas rentas que los moriscos les pagaban como colonos de sus tierras, respondieron negando los extremos expuestos por el prelado Ribera. El obispo de Segorbe, don Feliciano de Figueroa, pensaba como los nobles,

En 1606 el papa Paulo V despachó un breve al arzobispo de Valencia, en el que le ordenaba reuniera a los obispos de Orihuela, Segorbe y Tortosa para que buscaran el medio de convertir a los moriscos. En el mismo sentido escribió Felipe III al prelado.

A los mencionados se agregaron un inquisidor, el virrey capitán general de Valencia, seis consultores regulares y tres seglares, nombrando secretario de la Junta que al efecto se constituyó al sacerdote historiador de Valencia y cronista don Gaspar Escolano.

Cuando las deliberaciones duraban tres años y todavía no se había adoptado ninguna resolución, la insistencia del arzobispo Ribera, por una parte, en una segunda memoria que dirigió al rey, y por otra, la creencia del valido duque de Lerma de que los moriscos excitaban secretamente a los berberiscos y turcos para que se apoderasen de España, resolvieron la cuestión, presentándose el de Lema a Felipe III, «Fruto físico y moralmente degenerado de tantos enlaces consanguíneos"4, impasible y holgazán, que dejaba hacer y deshacer a sus favoritos, al que dijo que era indispensable la expulsión, cuyo consejo juzgó como bárbaro el cardenal Richelieu5.

La expulsión se decretó el 9 de julio de 1609 y el bando real se publicó solemnemente en Valencia el 22 de septiembre, en el que, entre otros muchos detalles, se disponía: que en el término de tres días todos los moriscos, hombres y mujeres, bajo la pena de la vida, habían de embarcarse en los puertos que cada comisario les señalara.

No se les permitía sacar de sus casas más que la parte de bienes que pudieran llevar sobre sus cuerpos.

No habían de ser maltratados, vejados ni molestados de palabra ni de obra.

Cualquiera que encontrara un morisca desmandado fuera del lugar, pasados los tres días del edicto, podía impunemente desvalijarle, prenderle y hasta matarle si se resistía.

lmponíase la pena de muerte a los vecinos de cualquier lugar en el que se averiguase haber quedaba los moriscos o escondida o enterrado alguna parte de su hacienda.

En cada lugar de cien vecinos quedarían seis moriscos de los más viejos, escogidos por los señores entre los que hubieran dado más muestras de cristianos, para que pudieran enseñar a los nuevos pobladores el modo de cultivar los campos.

Los que en los dos años anteriores hubieran vivido entre cristianos observando su tono de vida, y los que hubieran recibido la comunión en las épocas señaladas por la Iglesia, quedarían exceptuados.

Los niños menores de cuatro años podían quedarse si ellos querían y los padres lo consentían. Los menores de seis años hijos de cristiana vieja se quedarían con sus madres, pero si el padre era morisco seria expulsado.

Los que quisieran ir a otros reinos podrían hacerlo, pero sin cruzar ninguna de las regiones de España, etc.

Se señalaron como puertos para el embarque los de Alicante, Denia, Vinaroz y los Alfaques, a los que los moriscos acudieron en largas y agotadoras jornadas.

Señores como el Duque de Gandía, Marqués de Albaida, Conde de Buñol y otros nobles, para mostrar el aprecio que tenían a sus vasallos, los acompañaron hasta el puerto de su embarque. El Duque de Maqueda lo hizo hasta Orán.

No obstante lo dispuesto en el bando, en el sentido de que no habían de ser maltratados ni vejados, los caminos se plagaron de cuadrillas de forajidos que, titulándose cristianos viejos, sin que lo fueran de corazón, robaban y, en no pocas ocasiones, asesinaban a los desgraciados que iban a embarcarse.

Ya embarcados, fueron igualmente blanco de la codicia, y sus mujeres e hijas, de la lujuria de los patronos y tripulaciones de las embarcaciones.

En la Muela de Cortes, cerca de Jalance, como se ha mencionado, y al amparo de las abruptas barrancadas, se refugiaron unos 20.000 moriscos, procedentes de la comarca, que se resistieron a embarcar, entre los que, sin duda, no faltarían algunos originarios del superpoblado valle de Cárcer que, dispuestos a defenderse, eligieron como rey a Vicente Turigi, natural de Llombay, los que, después de sufrir 2.000 muertos, fueron fácilmente derrotados por pocos soldados españoles mandados por el capitán don Agustín Mejia.

Ambas partes cometieron bastantes atrocidades.

Prisionero y ejecutado en Valencia el Turigi, los demás moriscos tuvieron que resignarse y sufrir la misma suerte que sus compañeros expulsados, cuya trágica situación era la de que, mientras los cristianos los expulsaban por suponerles infieles a su religión, los musulmanes los recibieron con recelo y desprecio por considerarlos como renegados de la suya.

Este fue el trato que recibieron y triste situación que quedaron quienes, habiendo nacido en España y siendo, por lo tanto, españoles, descendientes dc más de otras treinta anteriores generaciones, también nacidas en España, hicieron con su experiencia, laboriosidad y cultura que nuestra patria fuera, en la época culminante de su dominación y desarrollo, el país más adelantado, rico, poderoso y cubo de Europa, cuyo esplendor lo proclaman sus grandes desaparecidas bibliotecas y subsistentes joyas arquitectónicas maravillosamente afiligranadas, únicas en su clase en el mundo, tomo lo son la mutilada Mezquita de Córdoba, Alhambra de Granada, Alcázar de Sevilla, Aljafería de Zaragoza, etc., que, siendo la admiración de cuantos las visitan y envidia de los extranjeros, constituyen nuestro orgullo de poseerlas.

La expulsión de los moriscos españoles, entre los que habría buen porcentaje de mestizaje con sangre cristiana, cual se deduce de la convivencia que duró nueve siglos y de lo que consta en el mismo bando de expulsión, produjo en nuestro Reino, y particularmente en nuestro pueblo y comarca, un estado de verdadero abandono y desolación; y en cuanto a España, según afirma el Marqués de Lozoya y otros muchos historiadores, sus efectos fueron negativos en la evolución social y económica, contribuyendo con ello a agravar la orientación decadente de la sociedad hispana del siglo xvii.

Los que, sin duda, ganaron fueron el Duque de Lerma, sus familiares y amigos, que se aprovecharon, apropiándose de una buena parte del producto en venta de los bienes que dejaron los moriscos expulsados.

Modesto Lafuente, en el volumen LI de su Historia General de España, y cual indica el mencionado Marqués de Lozoya en la suya6 nos dice que entre el duque y sus hijos percibieron, por el solo concepto de las casas, 500.000 ducados, equivalentes a cinco y medio millones de reales.

Entre los historiadores existen grandes diferencias acerca del número de moriscos que salieron de España, puesto que Salazar de Mendoza los cifra en 300.000; Fr. Jaime Bleda, en 500.000; Escalona y Guadalajara, en 600.000, y Llorente, en 1.000.000.

Escolano nos dice que solamente del Reino de Valencia salieron 150.000. Que cuatrocientos cincuenta pueblos quedaron deshabitados y que con la expulsión, refiriéndose a Valencia, el más bello jardín de España, se había convertido en «páramo seco y deslucido».

Relacionado con nuestra comarca, el citado Marqués de Lozoya7 indica que los veintiséis pueblos enclavados en la zona que comprende el mapa que se acompaña, en todos ellos, a excepción de Ayora, su censo de población se consideraba totalmente morisco, por lo que, a mi juicio, todos ellos debieron de quedar completamente o poco menos que deshabitados, en los que, cual sucedía con todo el Reino, se cobijaba el bandolerismo que invadió España.

Despoblado C á r ce r, posiblemente con más del 90 % de sus habitantes y, sin duda, con mayor porcentaje los de tierras más bajas de regadío establecido por los moros; abandonadas las tierras de nuestro término, las casas y los establecimientos industriales del pueblo; expatriada la experiencia, laboriosidad y mano de obra más cualificada, como lo era la de los moriscos, y, en suma, convertido en «páramo seco y deslucido», Cárcer, con la expulsión, sufrió sus efectos económicos quizá como ningún otro pueblo de la comarca, perdiendo con ello la ocasión de convertirse industrialmente, como tenia base para conseguirlo, en lo que actualmente es Manises.

 Su importancia industrial, tomo ya en otra ocasión expusimos, se deduce de las cuarenta fábricas de cerámica, azulejos, alfarería, tejas y ladrillos que tuvo establecidas en la localidad. Su riqueza, de la elevada contribución que el rey don Jaime 1 impuso a los moros que lo habitaban, y su censo de habitantes moriscos, de las doscientas casas que éstos ocupaban, por lo que, dado lo prolíficos que son los musulmanes, estimo debieron de abandonar el pueblo unas 1.500 personas, quedando por ello en trance de desaparecer, como en el valle, por despoblación, desaparecieron Xarquia, que estuvo situada a unos dos kilómetros de Antella, entre ésta y Sumacarcel; Xelat, entre Antella y Gabarda, inmediato al río Júcar; otro Xarquia, Cuica o Xoca, en el término de Cárcer, y Ratol o Ràfol de Beniatira (actual Benegida), entre ésta y Villanueva de Castellón, cerca de la carretera real.

La desastrosa situación económica y trágica desolación provocada por la expulsión obligaron a que un año más tarde, el 24 de agosto de 1610, el señor territorial de Cárcer, don Fabián Eslava, en otro tiempo Cucaló de Montull, otorgara en su palacio señorial del lugar, edificio vulgarmente denominado el castell, ante el escribano de Villanueva de Castellón, don José Casanova, carta de población a favor de setenta y seis nuevos pobladores8

Las vicisitudes por las que esta carta atravesó por ignorarse con el transcurso del tiempo dónde quedó archivada la matriz, motivaron que la copia presentada al registro para su legitimidad fuera declarada como suplantada y falsa por falta y defecto de solemnidades.

Descubierta la original en el registro de 1695 del protocolo de Pascual Ferrer en el archivo de la municipalidad de Villanueva de Castellón, don Vicente Cucaló Eslava, barón de Terrateig y de Cárcer, solicitó, en 9 de marzo de 1752, información testifical para que la copia presentada fuera reconocida como auténtica, cual así se declaró por auto de 20 dc junio de 1755 dictado por el juez don Miguel Eugenio Muñoz.

Todo ello y las veinticinco cláusulas que comprende la parte dispositiva de la carla constituyen un documento muy interesante para el conocimiento de un período de la historia de Cárcer, con sus usos, costumbres y relaciones que existían entre el señor territorial y sus vasallos.

En dichas cláusulas, y entre otros muchos detalles, se consigna la obligación que los nuevos pobladores tenían de avasallarse. Homenaje que deberían rendir al señor. Conservación de las casas y acequias. Proporción que las partes pactantes tenían que percibir de los productos que se obtuvieran de las tierras, según la clase de los mismos y de que procedieran de tierras de secano o regadío. Forma y sitio de realizarlo. Horno, molino, tienda, taberna, carnicería y panadería del señor, en las que ¡os vasallos tenían la obligación de cocer, molturar los granos y adquirir los artículos de consumo. Almazara gratuita a la que tenían que llevar las aceitunas para extraer el aceite. Cantidad de aceitunas que cada uno podía reservarse para el adobo. Superficie que podría destinar al cultivo de alfalfa para forraje y pienso de las caballerías. Prohibición de cultivar verduras sin previa licencia del señor. Forma de distribuir la hoja de las moreras y leñas de los árboles que se arrancaran. Número de gallinas que cada año, el día de Santo Tomás y por vía (le presente, gracias y aguinaldo de Navidad, tenían que entregar al señor los justicias, jurados y municipio. Tributos y sanciones. Renuncia por parte de los vasallos a toda otra jurisdicción que no fuera la del propio señor, y reserva por la de éste (cláusula XXI) para hacer y ordenar, siempre que quisiera, cualesquiera otros capítulos convenientes a la conservación del lugar y su término, quitando de unos y añadiendo a los otros lo que más conviniera, etc.

Los nombres de los setenta y seis nuevos pobladores que vinieron a repoblar Cárcer fueron:

Agustín Vidal. /Pedro Borja. /Juan Vila. /Miguel Gómez. /Antonio Barberá. /Jaime de Roda. /Juan Camillo. /Cristóbal Gozalbo-Sartor (sastre). /Bernardo Sanchiz-Flaquerius   /(panadero). /Miguel Rubio. /Pedro Rubio./ Miguel Gareia./ Miguel Bonet. /Juan Redó. / Juan Flores. / Melchor Alcover. / Pedro Castelló. / Bautista Todo. / Pedro Soler. / Francisco Romano. / Juan Renart. / Vicente Caldés. /Vicente Monso./Juan Monsó / Juan Insa /Pedro Belviure. / Simón Insa. / Gaspar García. / Jerónimo Insa. / Juan Benuach. / Pedro Pelliser. / Nicolás Albiñana. / Jerónimo Marco. / Juan Marco. / Bernardo Sanchis. / Juan Salafa. / Tomás Albentosa. / Andrés Cuenca. / Margarita Solano (viuda). / Francisco Gasco. / Andreas Gasco. / Bernardo Rey. / Baltasar Torrefano. / Gaspar Barberá. / Nicolás Castellar. / Pedro Martínez. / Miguel Rosell. / Pedro Calatayud. / Francisco Gómez. / Genetius Navarro. / Bautista Navarro. / Gabriel Moreno. / Juan Ridaure. / Jaime Ridaure. / Felipe Perrártdiz. / Pedro Caballer. / Paula Gómez. / Juan Pruyonosa. / José Insa. / Antonio Llosano. / Martín Albiñana. / Montserrat Intudile. / Miguel Vinader. / Pedro Orts. / Bartolomé Albuixech. / Juan Martínez. / Salvador Fito. / .Jaime Marco. / Ludovico Almenara. / Esteban Garcia. / Juan Caballer. / Genetius Herrero. / Juan Simbor. / María Gómez. / Pedro Santamans.

A pesar de lo que supone este importante refuerzo de setenta y seis familias llegadas en el mencionado año 1610, y el hecho de no haberse producido ninguna peste hasta 1647, cl censo nominal de vecinos y de casas habitadas en Cárcer9 realizado el año anterior (18 de noviembre de 1646), o sea treinta y seis años después de la repoblación, cuyo censo encabeza el nombre del notario Nofre Calatayud, seguido del justicia local Vicente Prats, jurados Agustín Momboy y Sebastián Maten, y retor mosén Francés Medina, solamente alcanzaba a cuarenta y ocho familias y casas habitadas, lo que fuertemente contrasta con las cerca de doscientas que ocuparon los moriscos vasallos del señor, cual hice constar en nota histórica inserta en artículo publicado en esta revista programa de fiestas de 1967.

Como a principios del siglo xviii España solamente tenía unos seis millones de habitantes10, y Cárcer, en 1787, y aun medio siglo después, en 1842, según consigna Madoz11, contaba setenta casas habitadas, sesenta y cuatro vecinos y cuatrocientas seis almas, llegamos con ello y lo anteriormente expuesto a la conclusión de que la expulsión ocasionó grave daño a la economía y desarrollo de España, acelerando, como ya se ha dicho, la decadencia del siglo xvii, que igualmente afectó a Cárcer con la desaparición de su industria y enorme reducción en sus censos de habitantes y urbanístico por no haber arraigado muchos de los que vinieron a repoblarlo.

1 Compendio de historia de España, Vol. II,

  pp. 201 a 204.

2 Los prelados valentinos, p. 186.

3 Historia de España. Vol. IV, recuadro U. 395.

4 MARQUÉS DE LOZOYA, ob. cit., vol. IV, p. 177.

5 Memorias, vol. X, p. 231.

6 Ob. cit., vol. IV, recuadro p. 365.

7 Ob. cit., vol. IV, p. 368.

8 Archivo General Histórico del Reino de Valencia. Real Justicia, 1. 19, f. 172, año 1755.

9 arch., cit., Generalidad, sig. 4828, Censo de vecinos y casas del Reino de Valencia, año 1646, Cárcer, certificación nº 398.

10 FERNANDO DIAZ-PLAJA, Otra Historia de España, p. 243. Editada en abril de 1972.

11 Diccionario Geográfico, Estadístico e Histórico de España, Cárcer.

·        foto 1ª

·        foto 2ª - Vista Norte del Castillo de Cárcer

·        foto 3ª - Ventanal y detalle del viejo Castillo


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Publicado por elnickblabla @ 1:11
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